HECHOS
1. Pese a que de manera formal en varias oportunidades la OWYBT ha solicitado al Gobierno Nacional iniciar, lo antes posible, el proceso de concertación de los mecanismos de protección contemplados en las medidas cautelares otorgadas al pueblo Wiwa por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos –CIDH–, hasta la fecha no hemos recibido ninguna respuesta a nuestro urgente requerimiento.
2. Dado que transcurridos más de siete (7) meses de expedidas las medidas cautelares no ha habido ningún tipo de concertación ni desarrollo de sus términos, puede decirse que las condiciones y el contexto que las originaron se mantienen plenamente vigentes y, consecuentemente, el riesgo sobre nuestro pueblo sigue latente.
3. El 25 de agosto de 2005 en horas de la mañana, y mientras se encontraba impartiendo clases en la escuela de la comunidad Wiwa de Sabana Joaquina, (municipio de San Juan del Cesar, La Guajira), en el marco de la denominada “Operación Atánquez”, fue capturado por un contingente de la Policía Nacional el profesor Alcibíades Manuel Mejía Solís (34 años). En este mismo operativo fue capturado también Luis Guillermo Maestre Cáceres (menor de edad), indígena Kankuamo pero considerado como un gunama de esa comunidad.
4. Con posterioridad a estas detenciones los medios masivos de comunicación, recogiendo las versiones de la fuerza pública, difundieron ampliamente la noticia que con la captura Alcibíades Manuel Mejía Solís, quien fue presentado como “alias El Profesor”, se le había infringido un duro golpe militar a la guerrilla, ya que no sólo era el “jefe político” del frente 59 de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia Ejército del Pueblo –FARC-EP–, sino que estuvo implicado en la emboscada en la que fueron muertos quince (15) miembros de la Policía Nacional. Igualmente Luis Guillermo Maestre Cáceres también apareció en los medios como presunto responsable de esa emboscada.
5. De otro lado, las autoridades de la comunidad Wiwa de Sabana Joaquina informaron a la OWYBT que el helicóptero en que se desplazaban los miembros de la Policía Nacional que hicieron las capturas, aterrizó arbitrariamente sobre una zona de cultivos, los cuales quedaron totalmente destrozados.
6. Las autoridades Kogui – Wiwa de Avingüe y Kogui de La Nevadita, (ambas en jurisdicción de Valledupar, Cesar), denunciaron que el 26 de agosto de 2005 un helicóptero de la FAC lanzó un artefacto muy cerca de estas comunidades que generó una gran explosión, causando gran temor e intranquilidad en la comunidad.
7. Así mismo las autoridades de las comunidades Wiwa de El Cerro, Piedra Lisa y El Rongoy (localizadas en jurisdicción de Valledupar, Cesar) informaron a la OWYBT que el 27 de agosto de 2005, en horas de la mañana, aviones de la Fuerza Aérea Colombiana –FAC– que sobrevolaban la región, realizaron varios ametrallamientos y bombardeos indiscriminados sobre predios adyacentes a estas comunidades, que si bien no causaron pérdidas humanas ni daños materiales, si generaron pánico y zozobra en los habitantes de estas comunidades.
8. Las autoridades de varias comunidades del pueblo Wiwa han expresado su preocupación por que se puedan generar nuevos desplazamientos, ya sea al interior del mismo Resguardo o hacia las cabeceras municipales, de seguirse presentando estos ametrallamientos y bombardeos que ponen en riesgo la vida y bienes de los Wiwa que allí habitan.
9. Las comunidades del pueblo Wiwa sentimos que estamos bajo el asedio permanente de las acciones de los grupos armados. Al respecto hemos escuchado insistentes rumores que los diferentes actores armados portan listas con los nombres de miembros de nuestro pueblo: la fuerza pública para capturarlos sindicados de ser auxiliadores, colaboradores o miembros de la guerrilla; los paramilitares para desaparecerlos o asesinarlos por las mismas razones anteriores; y la guerrilla para también desaparecerlos o asesinarlos pero ahora por ser miembros de las redes de informantes y de cooperantes de la fuerza pública.
De conformidad con los hechos anteriormente mencionados
SOLICITAMOS
1. Que el Gobierno Nacional inicie cuanto antes el proceso de concertación para el desarrollo de las medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos –CIDH– a favor de nuestro pueblo.
2. Que el proceso que por supuesta rebelión se le ha abierto a Alcibíades Manuel Mejía Solís, profesor y líder reconocido de nuestro pueblo, al igual que el proceso abierto contra Luis Guillermo Maestre Cáceres, en ejercicio de nuestra autonomía y de la Jurisdicción Especial Indígena sea conocido detalladamente por las autoridades de nuestro pueblo para que realicen las investigaciones a que haya lugar y administren justicia según nuestros usos y costumbres de encontrarse culpables de los cargos que se les imputan.
3. Que a través de una comisión interinstitucional que se desplace a la región, se realice una presencia de la institucionalidad civil del Gobierno Nacional y del Estado, para verificar los hechos y hacer un acompañamiento a las comunidades que se encuentran atemorizadas y en eventual riesgo de desplazamiento.
4. Que los mandos de la fuerza pública respeten la jurisdicción y la autonomía de nuestras autoridades y de nuestro gobierno propio y, en esa dirección, que sean consultadas e informadas adecuadamente sobre las capturas que se van a efectuar, lo mismo que sobre la movilización de tropas que se va a hacer en nuestro territorio.
5. Que la fuerza pública con el apoyo de la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior y de Justicia, de la Defensoría Delegada para Indígenas y Grupos Étnicos de la Defensoría del Pueblo, del Programa Presidencial para los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. entre otras entidades, desarrollen un protocolo que oriente claramente el trabajo y el comportamiento de la fuerza pública en los territorios indígenas.
6. Que si las autoridades competentes del Gobierno Nacional y del Estado, tienen indicios serios y pruebas ciertas sobre la pertenencia de miembros de nuestro pueblo a alguno de los actores armados ilegales, se le entregue oficialmente esa información para que procedan, de conformidad con la Jurisdicción Especial Indígena, a hacer las investigaciones de rigor y a sancionar a los culpables de acuerdo a nuestros usos y costumbres.
Finalmente y en razón a nuestra vocación de pueblo pacífico y no violento
REITERAMOS
1. Que si bien es posible que a título individual pueden haber algunas personas que, contraviniendo los mandatos tradicionales, se han vinculado a los grupos armados, el pueblo Wiwa y sus autoridades no se encuentran alineados con ninguno de los actores armados del conflicto. En ese sentido, debe quedar claro que el pueblo Wiwa siempre ratificará enfáticamente su deseo de ser mantenido al margen de las hostilidades y de las confrontaciones militares.
2. Si bien es cierto que no podemos hacerle frente a la presencia de los distintos actores armados que transitan y recorren nuestro territorio, manifestamos nuestro interés rotundo en que se lleven su confrontación armada lejos de nuestras comunidades, para que nuestro pueblo pueda cumplir con tranquilidad nuestra Ley de Origen y con nuestro papel de guardianes del corazón del mundo.
3. Pese a que el conflicto armado nos ha tocado y nos ha afectado directamente, el pueblo Wiwa sigue considerando que la guerra que se está llevando a cabo en nuestro territorio es una guerra ajena que no nos pertenece. Sin embargo ello no quiere decir que seamos indiferentes. Nuestro pueblo le apuesta a la paz y a la convivencia y en ese sentido es que realiza los pagamentos, los confiesos y los diferentes trabajos tradicionales. Por ello, la superación del conflicto armado en la Sierra Nevada de Santa Mart
a pasa necesariamente por la realización, sin obstáculos, de todos los trabajos espirituales encomendados por Ade Seránkua a los cuatro pueblos indígenas que de ella hacemos parte.
Valledupar (Cesar) a 31 de agosto de 2005
Casa Indígena, Avenida Hurtado. Telefax: (095) 5737026. Valledupar – Cesar – Colombia
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