El paso del huracán Odil en territorio sonorense, no solo trajo encharcamientos y baches para el estado, también arrastró la tormenta del auto de formal prisión para Mario Luna por parte del juez tercero de lo penal, Manuel Octavio Palafox Acuña, con sede en el CEREZO número 1 de Hermosillo Sonora. Esta decisión se da en un contexto de crisis profunda de representatividad entre ciudadanos de este estado y el gobierno “cínico y descarado” de Guillermo Padrés Elías, el ejemplo más palpable de esto es la lucha de la nación yaqui por el agua.
En el contexto político en el que se desarrollan las acciones de manifestación de la tribu Yaqui por la libertad de Mario Luna, en la ciudad de Hermosillo, Sonora se tuvo la oportunidad de charlar con los abogados defensores encargados del caso Luna Romero, con la Dra. Investigadora del centro INAH-Sonora Raquel Padilla Ramos y con integrantes de la tribu Yaqui.
La palabra es de mi pueblo
Luna Romero es secretario, vocero, traductor e interlocutor de los acuerdos que se toman entre las autoridades tradicionales de la Nación Yaqui, conocido por la lucha que ha llevado por defender el agua que ha sido despojada del rio Yaqui y del rio Sonora ubicados en el territorio en que habita su pueblo, consecuencia de la imposición del Acueducto Independencia.
Mario está comprometido con su trabajo y con la responsabilidad de secretario que le fue comisionada por las autoridades tradicionales Yaqui; compañeros de pueblo y de lucha dicen “es quién desde corta edad se ha involucrado en la lucha de su pueblo y a su vez dedicaba su tiempo a sus seres queridos”. Los miembros de la tribu recuerdan al Mario muy activo, por ser quien lleva la voz y el sentir de la lucha que libran los ocho pueblos que conforman su Tribu.
Desde temprana edad, fue un joven muy activo dentro de la Tropa Yaqui (se le nombra de esta manera a todas las personas que tienen capacidad de defensa de su territorio), el comenzó a luchar por su pueblo buscando apoyos para becas estudiantiles coordinadas en un patronato formado por los ocho pueblos que conforman su Nación ubicada entre Obregón y Hermosillo, luchó y consiguió establecer casas para los estudiantes Yaquis a nivel universitario, alcanzando con donaciones la luz, agua y alimento: “siempre ha buscado apoyos y ha contribuido con los demás, siempre ha pensado en los demás y ahora, aun en la situación en la que se encuentra lo sigue haciendo”, comentan personas cercanas a su persona.
El proceso jurídico en contra de Mario Luna, un defensor del agua y la vida es evidentemente un acto político contrainsurgente ejecutado por Padrés.
En una entrevista para Regeneración Radio, los abogados Francisco Javier Mejía Cisneros y Benito Ramos Rodríguez, defensores del secretario de la Tribu Yaqui, comentan sobre el proceso jurídico; confirmaron que el proceso que dirige el juez tercero del Centro de Readaptación Social ubicado en la ciudad de Hermosillo, Sonora fue por petición directa del agente del ministerio público de Vícam: “esto es la primera irregularidad del caso alrededor de lo jurídico, pues al juez tercero del penal Palafox Acuña, no le corresponde el seguimiento del caso por cuestiones de jurisdicción del Estado, sin embargo, por cuestiones de carácter político y emitió una orden de aprehensión para ejecutar la detención de Mario Luna Romero y a otros tres miembros de la tribu, basando los delitos en hechos que sucedieron -según se relata en el expediente- el 8 de junio del 2013. A pesar de existir las cuatro órdenes de aprehensión por más de un año, ni Mario Luna, Tomas Rojo, Fernando Jiménez ni Jerónimo Flores en ningún momento se ocultaron, fueron personas públicas que acudieron a entrevistas con la academia, con el gobierno federal y con el secretario de gobernación.
El momento en que deciden las autoridades estatales hacer efectiva la detención es clave, pues en el estado de Sonora está vigente la contaminación del Río Sonora, problema ambiental grave ya que la limpieza de esa agua puede tardar hasta 50 años; también el desmantelamiento ilícito de la presa privada “el matenate” en el rancho Padrés, en la cual se almacenan 1000 millones de m3 de agua, construida de manera ilegal.
“Lo que lleva a pensar en el desorden de la Cuenca del Río Sonora, en la que existen más de 800 represas construidas ilegalmente y que son las que impiden el abastecimiento de Agua a la Ciudad de Hermosillo”, señala Mario luna desde el CEREZO No. 2 en Hermosillo, Sonora.
En este contexto se puede interpretar que el reciente auto de formal prisión dictada para Mario Luna es un capricho, así como una “ejecución político de parte de Padrés”, como el propio Luna Romero afirma desde la prisión.
Es importante señalar que el estado de Sonora ha venido desconociendo sistemáticamente el artículo 2 de la constitución mexicana que señala el derecho que tienen las etnias y los pueblos indígenas – en este caso la Nación Yaqui- a apegarse a sus usos y costumbres en lo que corresponde a la justicia, las sanciones y aplicaciones de correctivos a los integrantes infractores de su tribu, para efectos de ejercer la autodeterminación como sujetos indígenas.
Los delitos que se le imputan a Mario Luna son: privación ilegal de la libertad y robo de auto por dos o más personas, sin embargo, a través del proceso de desahogo de pruebas por parte de los abogados defensores, lograron demostrar que Mario Luna no estuvo en el lugar de los hechos, y que no ordenó ninguna situación de aprender a Francisco Antonio Romo en junio del 2013. Además de que Delgado Romo estuvo enterado del juicio tradicional aplicado hacia su persona, inclusive aceptó los perjuicios cometidos por él, en contra de personas de la Tribu Yaqui; así lo demuestra el acta que se levanta con motivo del juicio tradicional aplicada según usos y costumbres de la Tribu Yaqui al Sr. Francisco Antonio Delgado Romo en la Guardia Tradicional, fechado el dia 10 de junio de ese mismo año y firmada por el propio enjuiciado y las autoridades tradicionales del pueblo de Vicam (documento que se adjunta en la galería fotográfica). Ésta acta demuestra que Romo fue castigado conforme a los lineamientos que marcan la aplicación de justicia con base a los usos y costumbres, los cuales están sustentados en la constitución política de los estados unidos mexicanos, así como por el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Por otro lado, Raquel Padilla Ramos, antropóloga e historiadora del centro INAH Sonora, quién es especialista en la cultura de la Nación Yaqui, le permitió conocer a profundidad la organización civil, militar y religiosa y emitir un peritaje antropológico en el cual señala que al secretario (las funciones de Mario Luna) no le compete en absoluto la justicia (cargos que se le imputan de secuestro y robo por retener al enjuiciado y decomisar su vehículo), sin embargo, lo que se aplico fueron los usos y costumbres de la tribu, lo cual fue una decisión que le compete a las autoridades tradicionales de los Yaquis, “El secretario lo que hace es ser escribano, ser el que lleva la relatoría de las asambleas, es un traductor, es alguien que tiene que dominar muy bien el español y la lengua Yaqui, entonces estas acusaciones son falsas”, finalizó Padilla Ramos, a las afueras del CERESO No. 1 horas antes del conocerse el auto de formal prisión para el compañero Luna.
El auto de formal prisión, es una afrenta que nos da más fuerza p
ara la lucha: Tropa Yaqui
Respecto al auto de formal prisión emitido por el juez Manuel Octavio Palafox Acuña, Francisco Javier Mejía Cisneros, abogado encargado del caso Luna Romero señala que se está aplicando la ley “inexacta en una buena parte de la sentencia y en otra está haciendo falta de aplicación de la justica, porque en ninguna de las partes de su resolución hace referencia a los usos y costumbres de la tribu indígena”, pues se le da un tratamiento como si fuera de derecho común, desconociéndose el derecho consuetudinario que tienen los pueblos indígenas para aplicar justica respecto a las normas que demarcan sus usos y costumbres.
Finalmente, respecto al camino a seguir, Benito Ramos señala que buscarán atraer el caso de Mario Luna a las instancias de la Procuraduría General de Justicia, para que el caso no dependa de instancias del estado de sonora y de la artimaña de Padrés Elías; lo que prosigue es un amparo indirecto en un juzgado federal, para que sea esta instancia la que decida el asunto jurídico, lo que tardaría un proceso de 3 a 6 meses, en la medida en que se desahoguen las pruebas e informes contundentes.