La Ley de Amnistía como un esfuerzo de la lucha política contra la represión

“La injusticia, en cualquier parte,

es una amenaza a la justicia en todas partes.”

Martin Luther King

 

En miércoles 12 de octubre se votará la iniciativa el que se decreta amnistía en favor de todas aquellas personas en contra de quienes se haya ejercitado acción penal derivada del ejercicio de la libertad de expresión y manifestación en la ciudad de México, entre el 1 de diciembre de 2012 y el año 2015.

Las motivaciones se basan en una serie de acciones ejecutadas por la autoridad en el uso excesivo e ilegal de la fuerza. Dichos actos represivos están comprendidos del 2012 al 2016. Desataca en la propuesta:

a) “El viernes 1 de diciembre de 2012 en donde se desplegó y utilizó contra la población civil, una fuerza militar y policial que en muchos años no había existido; todo, con motivo de la toma de posesión de Enrique Peña Nieto. En donde fueron 106 jóvenes con lujo de violencia por granaderos y agentes vestidos de civil. Además Juan Francisco Quyendall, de 65 años de edad, sufrió la herida de una bala de goma que ocasionó la perdida conciencia y falleció un año después. Hasta la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal emitió la Recomendación 07/2013 mediante la cual concluyó que se habían cometido irregularidades graves en las detenciones, que algunos de ellos habían sufrido tortura, que se les habían imputado delitos fabricados o sancionado con penas exageradas, por lo que tenía que indemnizarse económicamente y repararse moralmente a las víctimas. Sin embargo, es la fecha que no se ha indemnizado ni reivindicado públicamente a nadie.

b) El 5 de febrero de 2013, durante una asamblea estudiantil en el CCH Naucalpan para decidir acciones de protesta contra el plan de estudios así como por la expulsión de 6 alumnos de los más destacados de estas acciones, se registraron incidentes violentos que derivaron en la intervención policíaca, con un saldo de 10 estudiantes detenidos, algo que no sucedía desde el año 2000, cuando la policía desalojó a huelguistas de la Ciudad Universitaria.

c) El 10 de junio de 2013, con motivo del aniversario de la represión del gobierno de Luis Echeverría contra estudiantes en 1971, diversos colectivos ciudadanos efectuaron una marcha hacia el Zócalo de la Ciudad de México, y una vez más, con pretexto de la presencia de “encapuchados” se presentó una serie de detenciones selectivas orientadas a castigar a un grupo de activistas sociales criminalizados previamente a través de los medios de comunicación. Se registraron en esa ocasión más de 22 detenidos, entre ellos a varios reporteros, desde luego estudiantes y profesores y menores, y a todos se acusó, una vez más, de pertenecer a diversas organizaciones “anarquistas” y sin embargo poco después salieron por falta de méritos la mayoría de los detenidos, quedando todavía sujetos a proceso 7 de ellos.

d) El 1 de septiembre de 2013 en una marcha hacia el Zócalo, convocada por de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) y diversos organismos ciudadanos con motivo del primer informe presidencial; una vez terminada, la policía del DF desató aprehensiones en diversos puntos del centro de la ciudad, con lujo de violencia, dejando un saldo de al menos 16 detenidos, la mayoría estudiantes universitarios y varios menores; y lo más curioso, un joven activista al que se señaló como “líder de los grupos anarquistas”, Jesse Alejandro Montaño, cuya aprehensión se realizó, no obstante, varias horas antes de efectuada la marcha y sin ningún motivo. Fue liberado entonces pero vuelto a detener el 12 de junio de 2014 por trepar a la mega pantalla del Zócalo para pedir la libertad de los presos políticos de la Ciudad. Acusado de los delitos contra la salud en la modalidad de posesión, portación de objetos aptos para agredir, ultrajes a la autoridad y resistencia de particulares, hoy se encuentra sentenciado a 7 años 7 meses.

e) El 13 de septiembre de 2013 se realizó el operativo de represión más escandaloso de desalojo del Zócalo desde el año de 1968. Ese día quedó plenamente demostrada la coordinación de fuerzas federales, policías de la SSP-DF, agentes vestidos de civil y provocadores encapuchados, quienes provocaron un conato de violencia, del que nuevamente culparon a “grupos anarquistas” sólo para tener el pretexto para reprimir a maestros de la CNTE, deteniéndose a varios de ellos, así como a estudiantes y transeúntes, con un saldo de al menos 35 detenidos y aproximadamente 200 heridos.

f) El 2 de octubre de 2013, con motivo de la conmemoración de la matanza de estudiantes en Tlatelolco por el gobierno de Gustavo Díaz Ordaz, se realizó una marcha al Angel de la Independencia, Se registró en esta ocasión una violencia similar a la de la marcha del 1 de diciembre de 2012 y esta vez, igual que entonces, hubo infinidad de detenciones arbitrarias, unas indiscriminadamente contra ciudadanos, y otras selectivamente contra líderes estudiantiles y activistas sociales, en momentos y lugares distintos a donde se registraron los sucesos. La cifra de 104 detenidos y más de 50 heridos es elocuente. Pero más lo es los más de 80 liberados por falta de pruebas.

Desde ese entonces Abraham Cortés Ávila, joven artesano oaxaqueño de 23 años, permanece en prisión. Fue acusado inicialmente de portación de objeto apto para agredir, ultrajes a la autoridad y ataques a la paz pública con agravante en pandilla, pero de la noche a la mañana se le agregó el delito de tentativa de homicidio en contra de un policía y con la única prueba del dicho de éste fue sentenciado a 13 años 4 meses de prisión. En apelación logró se le quitara el delito de tentativa de homicidio.

g) El 29 de octubre de 2013 Gabriela Hernández Arreola (Luna Flores) fue detenida con lujo de violencia por ultrajes a la autoridad supuestamente cometidos el 2 de octubre. Días antes, había sido señalada por algunos medios como una de los 11 anarquistas “más peligrosos” por ser “asidua asistente” a manifestaciones, y ese mismo argumento sirvió a la juez para mantenerla en prisión por 6 meses, a pesar de estar acusada de un delito no grave y sin más prueba que los dichos de dos policías. Salió gracias a que ganó la apelación pero fue sentenciada culpable con pena menor de 5 años, y sigue batallando para acreditar su inocencia.

h) El 13 de diciembre del 2013, durante las protestas denominadas #PosMeSalto en contra del alza a la tarifa del metro, un grupo de encapuchados quemó un árbol de navidad de una compañía refresquera. La policía detuvo a Luis Fernando Bárcenas Castillo de 18 años, activista, estudiantes del CCH Vallejo, y a dos menores de edad que fueron puestos en libertad. Bárcenas no fue detenido en flagrancia, se le acusa en base a un video en el que la policía supuestamente lo identificó y como no corresponde con los encapuchados que quemaron el árbol, aseguran que se despojó de la capucha y de ropa para confundirse con los transeúntes. Se encuentra actualmente en el Reclusorio Preventivo Varonil Norte, y fue sentenciado a 5 años 9 meses por el delito de ataques a la paz pública y asociación delictuosa. Apeló y le aumentaron 3 meses, más una multa de 35 mil pesos.

i) El
5 de noviembre de 2014 tuvo lugar la Marcha por la Tercera Jornada Global por Ayotzinapa. Con motivo de la quema de un Metrobús en las inmediaciones de Ciudad Universitaria hubo 3 detenidos pero solamente Luis Fernando Sotelo quedó sujeto a proceso acusado de Ataques a la paz pública y daño agravado, siendo los agravantes, doloso, en pandilla, por incendio y por portación de explosivos, además de Ataques a las vías de comunicación. La única prueba contra él es la declaración del chofer del Metrobús pero se demostró que mintió en el caso de los otros dos detenidos, que fueron liberados. Después de 1 año y 9 meses de proceso, le fueron dictados sentencia de primera instancia de 33 años con 5 meses de prisión y una multa de $519,815.25.

j) El 8 de noviembre de 2014, eventos violentos que culminan con la quema de la puerta de Palacio Nacional. Las detenciones las realizaron después de los hechos indiscriminadamente policías del Distrito Federal, incluso varias calles lejos del Zócalo, y después 18 presentados ante el Ministerio Público Federal que luego fueron puestos en libertad por falta de méritos”.

 

Los presos por motivos políticos son un ejemplo

de criminalización de la protesta en la Ciudad de México.

 

 

A pesar de las recomendaciones 09, 10 y 11, emitidas por la Comisión de Derechos Humanos el Distrito Federal, correspondientes a los operativos del 10 de junio y el 2 de octubre de 2013, así como a la del 22 de abril de 2014, respectivamente, y aún cuando faltan sus valoraciones sobre los otros eventos represivos registrados en la Ciudad durante el año 2013 hasta la fecha, estos cuatro documentos permiten ya tener un panorama más claro sobre la represión y las violaciones a los derechos humanos vividas en el Distrito Federal en los últimos tres años, por lo que es indispensable tomar acción al respecto.

“Ante el cúmulo de irregularidades y violaciones, evidenciados en su momento y ventilados en los medios de comunicación pero además documentados por la Comisión de Derechos Humanos del DF y diversas organizaciones defensoras de derechos humanos, debió de haberse dado el desistimiento de la acción penal por parte del Gobierno del DF. No se hizo, y no se ven visos de estarse haciendo algo al respecto”.

Por ellos, sostienen “es pues esa una deuda que tenemos y hay que resarcirla. Y una de las maneras de hacerlo es mediante una Amnistía amplia y que repare, en lo posible, el daño hecho a los detenidos y sus familias, una fractura que todavía no ha sido medida en toda su magnitud pero que además amenaza con perpetuarse y aún agravarse”

Concluye el documento, con la propuesta de una “amnistía amplia, absoluta e incondicional en favor de todas aquellas personas contra quienes, de conformidad con el Código Penal del DF, se haya ejercitado o pudiera ejercitarse acción penal por los delitos de Ataques a la paz Pública y Ultrajes a la Autoridad y aquellos otros considerados como graves relacionados con ambos, desde el 1 de diciembre del 2012 hasta la fecha de inicio de vigencia del presente decreto, con motivo de su participación en movilizaciones, protestas y actos tendientes al reclamo de demandas sociales; o bien derivados de su militancia o definición bajo algún signo ideológico, ya sea que contra dichas personas se hubiere dictado sentencia, se haya iniciado o no procedimiento por los mismos delitos, concediéndose esta gracia a todas las personas que hayan participado como autores inmediatos y mediatos”.

 

“La cárcel castiga la pobreza y la disidencia social”: Luis Fernando Sotelo

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